Programa centros de fabricación avanzada

Ayudas

Resolución de 18 de septiembre de 2023 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a la inversión para infraestructuras locales (Programa centros de fabricación avanzada), susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se convocan en régimen de concurrencia competitiva.

Estas ayudas tienen por objeto apoyar la puesta en marcha de proyectos de infraestructuras locales de uso compartido que tengan como finalidad el desarrollo del entorno de las empresas y los consumidores, y la modernización y desarrollo de la base industrial, a fin de mejorar su competitividad.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes) que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que proyecten llevar a cabo una inversión en una infraestructura subvencionable en Galicia.
  • Que aporten para el proyecto de infraestructura una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de por lo menos un 20 % de las inversiones subvencionables, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa.
  • Que tengan su domicilio social, fiscal y/o un centro de trabajo en Galicia. El centro de trabajo podrá ser la propia infraestructura que se va a crear.

Serán subvencionables los proyectos de creación de infraestructuras en Galicia que contribuyan a nivel local a mejorar el entorno de las empresas y los consumidores y a modernizar y desarrollar la base industrial, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estarán a disposición de los usuarios interesados de una forma abierta, transparente y no discriminatoria. El precio que se cobrará por el uso o venta de las infraestructuras será el precio de mercado.
  • Deberán permitir la utilización por parte de sus destinatarios mediante una estructura de servicios tarificables en función del uso o consumo que se realice.
  • La concesión u otro tipo de atribución a terceros para explotar las infraestructuras se realizará sobre una base abierta, transparente y no discriminatoria, teniendo debidamente en cuenta las normas de contratación pública aplicables.
  • Deberán prestar servicios que no estén disponibles localmente en el momento de la solicitud, o servicios cuya oferta local no se ajuste a las necesidades de las empresas.

La inversión subvencionable deberá ser superior a 100.000 € e inferior a 20.000.000 €.

Serán subvencionables las inversiones en activos fijos que correspondan de forma indubitable a la infraestructura subvencionada y que se materialicen en los siguientes conceptos:

  • Obra civil: acondicionamiento y urbanización, oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto.
  • Adquisición de terrenos, edificaciones o construcciones por un importe que no exceda del 10 % de la inversión total subvencionable.
  • Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.
  • Otras inversiones en activos fijo materiales incluyendo mobiliario.
  • Activos intangibles relacionados directamente con el proceso productivo que cumplan los siguientes requisitos:
    • Se emplearán exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda.
    • Deben tener la consideración de activos amortizables.
    • Deberán ser adquiridos a terceros no relacionados con el comprador.
    • Figurarán en el activo de la empresa y permanecerán en el establecimiento beneficiario de la ayuda durante un período mínimo de 3 años.
  • Los costes de reformas de instalaciones llevadas a cabo en bienes inmuebles arrendados y siempre que el arrendamiento tenga una vigencia mínima de 5 años a contar desde la fecha de puesta en marcha de la infraestructura.

Las inversiones subvencionables no podrán haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda en el Igape.

El importe de la ayuda se calculará como la diferencia entre las inversiones subvencionables y el beneficio de explotación a lo largo del período de explotación del negocio y no podrá superar los 5.000.000 €, con una intensidad máxima del 80 % de importe subvencionable.

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con distribución plurianual: 500.000 € con cargo al año 2023, 3.500.000 € con cargo al año 2024, 3.000.000 € con cargo al año 2025 y 3.000.000 € con cargo al año 2026.

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IGAPE_CentrosdeFabricaciónAvanzada_Bases

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 28 de Noviembre 2023 a las 14:00 horas.

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Deseñapeme e Innovapeme – GAIN

Ayudas

Deseñapeme e Innovapeme

Resolución de 29 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y planes de innovación en procesos y organización (Deseñapeme e Innovapeme), cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se procede a su convocatoria para el año 2023.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda.

Las entidades beneficiarias deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda.

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas y pymes con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y en planes de innovación en procesos y organización.

Esta ayuda consta de dos planes:

  • Deseñapeme: que comprenden aquellos procesos destinados a la resolución de problemas y exploración de oportunidades, puede incluir innovaciones no tecnológicas o tecnológicas, y tiene un alcance o aplicación en los campos de creación de nuevos productos, diseño de productos o rediseño de existentes, diseño de servicios y experiencias a través de los servicios, y la estrategia de marca y posicionamiento de esta. Así como las actividades de apoyo y asesoramiento en materia de innovación que la complementan.
  • Innovapeme: constituidos por un conjunto completo y coherente de actividades enfocadas a implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora dando lugar a diferencias sustanciales con prácticas anteriores.

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El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 12 de Agosto de 2023

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Premios Galicia de Innovación y Diseño

Ayudas

Premios Galicia de Innovación y Diseño

Resolución de 21 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la IV edición de los Premios Galicia de Innovación y Diseño y se procede a su convocatoria para el año 2023.

Podrán ser beneficiarios y cursar la candidatura a los premios personas físicas con plena capacidad de obrar nacidas en Galicia. O personas jurídicas que tengan al menos un establecimiento permanente en Galicia, válidamente constituido, que mantenga su actividad.

En ambos casos, en función de la modalidad a la que concurran, deberán poseer las siguientes características: 

Premios Galicia de Innovación:

  • Modalidad «Trayectoria innovadora»: personas físicas con una trayectoria de por lo menos diez años en la que la innovación fuese una de sus características relevantes.
  • Modalidad «Gran empresa»: grandes empresas con una actividad innovadora de por lo menos diez años.
  • Modalidad «Pequeña y mediana empresa»: pequeñas y medianas empresas con demostrada actividad innovadora de por lo menos cinco años.

Premios Galicia de Diseño:

  • Modalidad «Profesionales»: profesionales del diseño (personas físicas o empresas) con una trayectoria de por lo menos cinco años de reconocido prestigio en el sector.
  • Modalidad «Empresa»: empresas consolidadas que incorporaran el diseño a su estrategia empresarial durante por lo menos diez años.
  • Modalidad «Talento emergente»: dirigido a aquellos creadores, con una edad que no supere los treinta y cinco años en el día de presentación de la candidatura, y con una trayectoria profesional inferior a diez años.

La finalidad de los premios es reconocer la labor de personas y empresas gallegas por su excelente contribución a la innovación como un elemento indispensable en el desarrollo de su estrategia profesional y su crecimiento empresarial.

Asimismo, se trata de reconocer a los profesionales y empresas que contribuyen significativamente a la mejora del prestigio del diseño gallego y a su internacionalización y a las empresas que, al incorporarlo a su estrategia empresarial, demuestran que el diseño actúa como motor de innovación y competitividad empresarial.

La cuantía de los premios consistirá en una una dotación económica de 15.000 €, menos en los casos relativos al Premio Gallego de Innovación «Gran Empresa» y al Premio Gallego de Diseño «Empresa», que tendrán un carácter estrictamente honorífico.

GAIN_PremiosGaliciadeInnovaciónyDiseño_Bases_2023

GAIN_PremiosGaliciadeInnovación_Extracto_2023

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 2 de Octubre de 2023

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