UNICO Demanda Bono PYME

Ayudas

Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, del Mª para la Transformación Digital y de la Función pública, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea Next Generation EU

Las soluciones financiadas por los bonos de conectividad de «Bono PYME» son
de dos tipos:

a) Un acceso a Internet en redes de banda ancha, con una velocidad de descarga de 100 Mbps o superior, en aquellas sedes de la beneficiaria de las ayudas que no tuvieran un acceso de tales características en el momento de formular la solicitud de éstas ni hubieran dispuesto de él durante los tres meses anteriores a la solicitud

b) Uno, varios o un conjunto de servicios asociados

El ámbito material del Programa «Bono PYME» está constituido por las
soluciones y servicios de acceso a Internet de banda ancha, IP Fija, telefonía móvil corporativa, WiFi profesional, centralita telefónica virtual, Almacenamiento y Backup en la nube (modalidad básica y avanzada).

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones del Programa «Bono PYME» las
pequeñas empresas y microempresas de 0 a menos de 50 trabajadores y las personas
en situación de autoempleo, en adelante PYME

Únicamente los Prestadores de Servicios y Soluciones adheridos a «Bono PYME» podrán prestar las soluciones de acceso a Internet y los servicios asociados objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Servicios del Programa

Las ayudas del Programa «Bono PYME» se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario

Las ayudas del Programa «Bono PYME» consistirán en disposiciones dinerarias
destinadas a financiar la contratación por las PYME beneficiarias de las soluciones de acceso a Internet y servicios asociados que deseen, siempre que resulten elegibles, estén disponibles en el mercado y tengan sus referencias incluidas en el Catálogo de Servicios de «Bono PYME» accesible desde la plataforma «Acelera PYME» https://www.acelerapyme.gob.es/ alojada en la sede electrónica del órgano concedente de las subvenciones.
La prestación del servicio subvencionable tiene una duración máxima e
improrrogable de 12 (doce) meses naturales.
El importe máximo de la ayuda que podrá percibir la beneficiaria por el conjunto de
servicios y soluciones de conectividad que contrate con uno o más Prestadores de Servicios adheridos y por la totalidad del período de prestación de la ayuda será de 3.000 (tres mil) euros, sumados los importes individuales de todos los servicios contratados:

  • Acceso a Internet de Banda Ancha.
    (100 Mbps de velocidad en sentido descendente). 12 meses. 400 euros × sede.
    (intensidad de ayuda 50 por 100).
  • IP fija. 12 meses. 180 euros × IP (max. 3 IPs por empresa).
  • Telefonía Móvil Corporativa. 12 meses. 300 euros × usuario.
  • WiFi Profesional. 12 meses. 150 euros × sede. (200 euros con 1 punto de acceso).
  • Centralita virtual. 12 meses. 100 euros × usuario.
  • Almacenamiento y Backup en la nube: Modalidad Básica. 12 meses. 500 euros × empresa.
  • Almacenamiento y Backup en la nube: Modalidad Avanzada. 12 meses. 2.000 euros × empresa.

El pago de las ayudas del Programa «Bono PYME» se abonará al Prestador o Prestadores de Servicios y Soluciones adheridos que hubieran prestado las soluciones contratadas por las PYME beneficiarias, en su condición de titular o titulares del derecho al cobro cedido por las mismas.

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El plazo de presentación de solicitudes será desde el 10 de septiembre de 2024 a las 11:00 horas hasta el 30 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado quinto de la presente convocatoria.

MÁS INFORMACIÓN

BONO CONECTIVIDAD

UNICOBONOPYME_GuiaPlantillaMedia

UNICOBONOPYME__20240827_Resumen BONO PYME_v6

UNICOBONOPYME_Presentación multiple_20240719_C001

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UNICOBONOPYME__FAQs

UNICOBONOPYME_GuiaPresentacionSolicitudes

 

 

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Soluciones Inteligentes para la gestión de tiempos y personas – KIT DIGITAL

Ayudas

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El Kit Digital para pymes es una iniciativa desarrollada por el Gobierno de España con el objetivo de subvencionar la adquisición de soluciones digitales para autónomos y pequeñas empresas. 

Algunas de las categorías que cabe destacar del Kit Digital para pymes son las siguientes:

  • Servicios y herramientas de oficina virtual. Consiguen optimizar el desempeño de los trabajadores en varias áreas,
  • Gestión de procesos. Se centran en la automatización de tareas repetitivas y otros aspectos operativos, como la gestión del personal o del talento de la organización.

De la mano de InfoJC puedes conocer soluciones inteligentes para la gestión de tiempos y personas

INFOJC_KitDigital_Junio2024

 

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Ahorro y eficiencia energética

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Resolución de 28 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027

Podrán acceder a la condición de personas beneficiarias:
a) Las empresas legalmente constituidas y personas autónomas, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.

Serán subvencionables aquellos proyectos con ratios de ahorro energético anual
iguales o superiores a los indicados a continuación:

PAPEME. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes. Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.
PAGE. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas
Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,4 kWh € de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.
PAE. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas que reduzcan las emisiones de GEI al menos un 30 % Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible y que, además reduzcan al menos un 30 % las emisiones de GEI.
PAP. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas. Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,4 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.

Las inversiones solo podrán ser subvencionadas sobre la base de una auditoría energética cuyos resultados se plasmarán en la memoria técnica de la solicitud

Se consideran costes subvencionables: la elaboración de los proyectos técnicos, dirección facultativa y obra civil relacionados con las actuaciones, el precio de los equipos, su montaje y puesta en marcha, así como los sistemas de monitorización, contabilización y telegestión y las auditorías

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INEGA_AhorroEnergéticoEmpresas_Extracto_2024

La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 15.000 euros por actuación el IVA no está incluido. En el caso de empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, la inversión para que la actuación sea subvencionable tiene que ser superior a los 200.000,00 euros, IVA no incluido

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2024 a las 23.59 horas

 

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Fomento de la innovación, la mejora tecnológica y la competitividad en el sector de la acuicultura

Ayudas

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Orden de 25 de junio de 2024 de la Cª del Mar por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para fomentar la innovación, la mejora tecnológica y la competitividad en el sector de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y se procede a su convocatoria para el año 2024 

Beneficiarios:

  • Empresas del sector acuícola que desarrollen proyectos innovadores orientados a la sostenibilidad y eficiencia en sus operaciones. A efectos de esta orden, se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, incluidos los que tengan carácter experimental. Los proyectos deben ser llevados a cabo en colaboración con un organismo científico o técnico reconocido que actuará como entidad subcontratada

Actividad subvencionable:

  • Equipamiento y material instrumental de nueva adquisición: El coste de adquisición es subvencionable si se usa exclusivamente para la actuación subvencionada y su vida útil se agota al término del proyecto. Si no, se financian solo los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto.
  • Licencias de software: Nuevas licencias y renovaciones consideradas gastos subvencionables si son de uso específico para el proyecto.
  • Materiales y suministros: Exclusivamente destinados a actividades de investigación, excluyendo material de oficina y consumibles informáticos.
  • Subcontratación: Hasta el 50% del importe de la actividad subvencionada puede ser subcontratado, siempre autorizado por la Consellería del Mar​

Puntos principales:

  • Innovación en productos y procesos: Puntos asignados según la implementación de innovaciones organizativas, de productos o procesos en el sector de actividad del beneficiario.
  • Calidad del proyecto: Evaluación basada en la calidad de la memoria del proyecto, presupuesto y cronograma, y la capacidad técnica del equipo de investigación.
  • Viabilidad técnica y económica: Criterios que incluyen la financiación propia del proyecto, innovación del proyecto, y su capacidad para facilitar la implantación de tecnologías seleccionadas.
  • Aspectos ambientales y sociales: Se valoran criterios ambientales como eficiencia en el uso de recursos y contribución a la conservación de espacios protegidos, así como la participación equilibrada de mujeres en el equipo humano del proyecto

MAR_Acuicultura_Bases_2024

MAR_Acuicultura_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 8 de agosto 2024

 

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Subvenciones a cooperativas agro-ganaderas de Pontevedra – DEPO

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La Diputación de Pontevedra ha publicado las bases y convocatoria de subvenciones dirigidas a cooperativas agro-ganaderas de la provincia de Pontevedra para inversiones durante el ejercicio 2024

Podrá solicitar estas ayudas cualquier cooperativa agro-ganadera legalmente constituida de la provincia de Pontevedra.

Son actuaciones susceptibles de ayuda las que apoyen las entidades agro-ganaderas en inversiones, destinados a la recuperación y puesta en valor de los recursos agrarios endógenos de carácter agrícola y ganadero que tengan como objeto:

a) Inversiones para mejorar los servicios que presta la cooperativa: Ayudas para la adquisición de terrenos, para maquinaria agrícola, obras, construcciones, equipos, instalaciones, mejoras en edificios y sus accesos, equipamientos y sistemas informáticos, mobiliario y otras inversiones que sirvan para mejorar los servicios que prestan estas entidades.
b) La comercialización, la transformación y la valorización de las producciones.
c) La formación técnica y el asesoramiento para desarrollar proyectos de investigación e innovación tecnológica.

d) El uso de las nuevas tecnologías y de las energías renovables y el ahorro energético.

DEPO_CooperativasAgroganaderas_Bases_2024

DEPO_CooperativasAgroganaderas_ExtractoConvocatoria_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 26 de julio 2024

 

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Ayudas para inversiones en materia de bioseguridad – Cª de Medio Rural

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Orden de 7 de junio de 2024, de la Cª de Medio Rural,  por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o la construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo, y se convocan para el año 2024, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU .

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica:
1. Que sean titulares o propietarias de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo, incluidas las especies cinegéticas, autorizados y registrados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se comprometan a mejorarlos.
2. O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección

Entre otros, serán subvencionables las siguientes inversiones, siempre realizadas con posterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención:

1. Modernización o mejora de los equipos e instalaciones existentes, para alcanzar una mayor eficiencia en los sistemas de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado vivo.

2. Instalación, en centros ya existentes, de nuevas tecnologías para la limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado vivo, como:

  • Sistemas para la automatización de las operaciones de limpieza y desinfección, por ejemplo la robotización.
  • Sistemas de lectura automática de matrículas u otros sistemas para facilitar la recogida de datos de vehículos que son sometidos a procesos de limpieza y desinfección.
  • Desarrollos informáticos para digitalizar la información relativa a los registros de actividades realizadas.
  • Cualquier otra mejora de las capacidades de los centros de limpieza y desinfección que demuestre que va a reducir los tiempos de limpieza y desinfección, ahorrar costes, aumentar la capacidad del centro manteniendo la eficacia de las operaciones de limpieza y desinfección.

3. Construcción de nuevos centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado vivo

MEDIORAURAL_Bioseguridad_Bases_2024

MEDIORAURAL_Bioseguridad_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 19 de julio 2024

 

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KIT DIGITAL: Bono digital de 3.000€

Ayudas

El 14 de junio a partir de las 11 horas, se abre el formulario para que las microempresas y autónomos/as del segmento III del programa Kit Digital, de entre 0 y menos de 3 empleados, puedan solicitar el bono de 3.000 euros y los ya beneficiarios de la cuantía anterior, los 1.000 euros adicionales.

Bonos de 3.000 euros para las microempresas y autónomos/as
Esta modificación de la convocatoria recoge que la cuantía de los bonos para este segmento de empresas será de 3.000 euros.

El formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a partir del 14 de junio a las 11 horas, a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.

En la modificación se detallan los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, los plazos para consumir el bono, el modelo de declaración de conformidad, entre otros detalles de la ayuda. Además, esta resolución parcial de la convocatoria incrementa el presupuesto en 500 millones de euros que unido al presupuesto inicial suman un total de 1.000 millones de euros que tienen por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento.

Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).

Para aquellas empresas del segmento III que han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.
Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Nueva categoría de solución: Puesto de Trabajo Seguro
Las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias soluciones de digitalización de las previstas en el catálogo: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad, presencia avanzada en internet, Marketplace y la nueva solución «Puesto de trabajo seguro»
La solución «Puesto de trabajo seguro» incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.
La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa junto con monitor nuevos, que deberán cumplir unos requisitos que recoge la Orden de Bases.
Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las nuevas empresas beneficiarias que quieran formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán haber formalizado y tener validado previamente uno o más Acuerdos de cualquier otra de Solución del catálogo.
En el caso de la solución de Puesto de Trabajo Seguro, una vez implantada, y completado el periodo de 12 meses de prestación del servicio, el agente digitalizador deberá informar a la entidad beneficiaria del valor residual del equipo. Este valor será como máximo del 15% del importe del valor del Acuerdo firmado. En caso de que la empresa beneficiara quisiera quedarse con el equipo, pasados los 12 meses de servicio, deberá abonar esa cantidad. 

DOSSIER DE PRENSA Kit Digital

KITDIGITAL_ModificacionBases_2024

 

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Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH).

Ayudas

Escuela de Organización Industrial – EOI comparte información sobre el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH).

Este programa se centra en brindar asesoramiento y apoyo especializado a las pymes que deseen avanzar en su proceso de digitalización, implantando tecnologías innovadoras que les permitan dar un salto cualitativo.

¿Qué ofrece el programa?

  • Fomentar la innovación de las pymes a través del programa europeo de European Digital Innovation Hubs (EDIH)
  • Impulsar la adopción detecnologías digitales disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación de servicios por parte de los EDIH a las pymes beneficiarias.
  • Ayuda en especie equivalente hasta 30.000€, consistentes en la recepción de servicios a medida por parte de los EDIH.
  • Ayuda en concurrencia no competitiva. Es decir, hasta agotar el presupuesto se puede solicitar la ayuda.
  • Los EDIH podrán ofrecer a las pymes todos o algunos de los siguientes servicios:
    • Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías
    • Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas
    • Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología
    • Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología
    • Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación
  • La pyme puede consultar los EDIH existentes y los servicios que prestan en la Plataforma PADIH

Podéis obtener más información sobre el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el siguiente enlace: https://padih.eoi.es/

PADIH_FAQS-Solicitud-subvencion

PADIH_Guía solicitante 20230605

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KIT DIGITAL Modificación de Bases

Ayudas

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Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).

1.000 euros más de ayuda para el segmento de microempresas y autónomos/as . Con la modificación de la orden de bases del Programa Kit Digital se incluye un aumento de la cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III, aquel compuesto por empresas de entre 0 y menos de 3 empleados. Actualmente, la cuantía de la ayuda es de 2.000 euros y pasa a ser de 3.000 euros.  Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital, garantizando así, los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia. La solicitud de la ayuda con la nueva cuantía podrá realizarse una vez se haya abierto el formulario de solicitud en el mes de junio. A partir de ese momento, las empresas del segmento III podrán solicitar la ayuda de 3.000 euros. Si ya ha sido beneficiario/a, y quiere solicitar la ampliación de 1000 euros, el proceso será muy sencillo: solo debe entrar en su expediente, seleccionar el botón habilitado para ello y firmar esa conformidad. En este caso, la concesión es automática. 

Nueva solución: Puesto de Trabajo Seguro  Con esta modificación de la Orden de Bases, se actualiza también el Catálogo de Soluciones de Digitalización para este segmento III y se crea la solución Puesto de trabajo seguro que incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo. Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.  La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, que deberán cumplir unos requisitos mínimos en cuanto a almacenamiento, procesador, memoria RAM, sistema operativo, entre otros requisitos. Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las que resulten beneficiarias de la ayuda de este segmento por primera vez, ya disponiendo de los 3.000 euros, y que quieran implantar la solución de Puesto de Trabajo Seguro, deberán combinarla con otra solución adicional de las que incluye el Catálogo. 

Los agentes digitalizadores adheridos pueden actualizar su oferta de soluciones del Catálogo y los que no lo hayan hecho podrán adherirse por primera vez. La adhesión como agentes digitalizadores está abierta durante toda la duración del Programa. 

Las medianas empresas, nuevas beneficiarias del Programa. En esta modificación se incluyen además las medianas empresas como nuevas beneficiarias de la ayuda de Kit Digital y se establecen dos nuevos segmentos en función del número de empleados. Por una parte, el segmento IV, que estará formado por empresas de entre 50 y menos de 100 empleados cuya cuantía de la ayuda será de 25.000 euros y, por otra parte, el segmento V compuesto por empresas de entre 100 y menos de 250 empleados para los que el bono digital será de 29.000 euros.

La solicitud para medianas empresas se podrá realizar una vez se publique la convocatoria correspondiente y posteriormente, se abra el formulario de solicitud. Está previsto que sea en el último trimestre del año 2024.

KITDIGITAL_ModificacionBases_2024

 

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Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible

Ayudas

Extracto de la Orden de 5 de diciembre de 2023, del Ministerio de Trabajo y Economía Social por la que se convocan las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el marco del PRTR.

Se convocan ayudas para la realización de proyectos en materia de Economía Social para los años 2024-2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y dentro del PERTE de la Economía Social y de los Cuidados:
a) Proyectos de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional actual o previsible, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social, gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores.
b) Proyectos de creación y consolidación de entidades del tejido productivo de la economía social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil y femenino.
c) Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.
d )Proyectos de promoción de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de economía social acompañada de medidas para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.
e) Proyectos de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de
empresas de la economía social y focalizada en la atención de colectivos en
situación de vulnerabilidad

Podrán ser beneficiarios:

a) Entidades representativas de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de cualesquiera otras entidades de la Economía Social.

b) Entidades de la Economía Social que realicen actuaciones en el ámbito nacional, de acuerdo con lo que se recoge en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

c) Agrupaciones de entidades cuando cumplan lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

MTES_ImpulsoEconomiaSocial_Bases_2024

MTES_ImpulsoEconomiaSocial_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 11 de febrero 2024

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