KIT DIGITAL: Bono digital de 3.000€

Ayudas

El 14 de junio a partir de las 11 horas, se abre el formulario para que las microempresas y autónomos/as del segmento III del programa Kit Digital, de entre 0 y menos de 3 empleados, puedan solicitar el bono de 3.000 euros y los ya beneficiarios de la cuantía anterior, los 1.000 euros adicionales.

Bonos de 3.000 euros para las microempresas y autónomos/as
Esta modificación de la convocatoria recoge que la cuantía de los bonos para este segmento de empresas será de 3.000 euros.

El formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a partir del 14 de junio a las 11 horas, a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.

En la modificación se detallan los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, los plazos para consumir el bono, el modelo de declaración de conformidad, entre otros detalles de la ayuda. Además, esta resolución parcial de la convocatoria incrementa el presupuesto en 500 millones de euros que unido al presupuesto inicial suman un total de 1.000 millones de euros que tienen por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento.

Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).

Para aquellas empresas del segmento III que han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.
Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Nueva categoría de solución: Puesto de Trabajo Seguro
Las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias soluciones de digitalización de las previstas en el catálogo: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad, presencia avanzada en internet, Marketplace y la nueva solución «Puesto de trabajo seguro»
La solución «Puesto de trabajo seguro» incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.
La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa junto con monitor nuevos, que deberán cumplir unos requisitos que recoge la Orden de Bases.
Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las nuevas empresas beneficiarias que quieran formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán haber formalizado y tener validado previamente uno o más Acuerdos de cualquier otra de Solución del catálogo.
En el caso de la solución de Puesto de Trabajo Seguro, una vez implantada, y completado el periodo de 12 meses de prestación del servicio, el agente digitalizador deberá informar a la entidad beneficiaria del valor residual del equipo. Este valor será como máximo del 15% del importe del valor del Acuerdo firmado. En caso de que la empresa beneficiara quisiera quedarse con el equipo, pasados los 12 meses de servicio, deberá abonar esa cantidad. 

DOSSIER DE PRENSA Kit Digital

KITDIGITAL_ModificacionBases_2024

 

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Premios al desarrollo rural de Galicia – 15 edición – AGADER

Ayudas, Sin categorizar

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Resolución de 15 de mayo de 2024 de AGADER por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios al desarrollo rural de Galicia, y se procede a la convocatoria de la decimoquinta edición

Los premios que se convocan se corresponden con las siguientes categorías:

a) Categoría juventud, para las iniciativas llevadas a cabo por personas jóvenes, que constituyan una apuesta por el presente y el futuro del medio rural gallego y de su población. 

b) Categoría paisaje rural, para las iniciativas de intervención, mejora y puesta en valor de los paisajes rurales productivos de Galicia, en los que se integren los elementos y valores cultural y naturales con el aprovechamiento agrario.

c) Categoría proyectos de interés social, para las iniciativas orientadas a la integración de los colectivos más desfavorecidos, a la inserción social o al cuidado de los mayores.

d) Categoría turismo, para las iniciativas que contribuyan al desarrollo económico, potenciando la amplia riqueza de los recursos turísticos del medio rural de Galicia.

e) Categoría sector agro-ganadero, para las iniciativas desarrolladas dentro de los sectores de ganadería, agricultura y/o transformación agroalimentaria que apuesten por el valor añadido en su producción.

f) Categoría mujeres, para las iniciativas llevadas a cabo por mujeres o destinadas a ellas, en el medio rural, desde una óptica de igualdad y progreso, en que sean fundamentales valores como el asociacionismo, la profesionalización y la innovación.

g) Categoría innovación tecnológica, para las iniciativas desarrolladas en el rural gallego que incorporen la innovación para obtener un nuevo producto o mejorar la calidad en sus productos o servicios, para disminuir costes, para ofrecer una mayor gama de productos o servicios, o para ser más rápida su introducción en el mercado.

h) Categoría recuperación y puesta en valor de la tierra agraria, para las iniciativas que contribuyan, directa o indirectamente, a recuperar y poner en valor tierras que estaban infrautilizadas.

Cada uno de los premios constará de un diploma y una dotación en metálico de 10.000 €.

AGADER_PremioDesarrolloRuraldeGalicia_2024

AGADER_PremioDesarrolloRuraldeGalicia_Extracto_2024

El plazo de presentación de los trabajos concluirá el 1 de julio de 2024.

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Premio a las Iniciativas y Buenas prácticas para la protección de las mujeres frente a la violencia digital

Ayudas, Sin categorizar

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Extracto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para la protección de las mujeres frente a la violencia digital, para el año 2024.

Podrán tomar parte en el concurso cualquier persona física, entidad pública o
privada de la Unión Europea.

A modo de ejemplo de buenas prácticas, se valorarán especialmente las aplicaciones, guías, herramientas, procesos o materiales que las entidades públicas o privadas desarrollen para prevenir la violencia digital de género, tanto en el ámbito de menores de edad como de personas adultas.

AEPD_PremioViolenciaDigitalGenero_Bases_2024

AEPD_PremioViolenciaDigitalGenero_Extracto_2024

El plazo de presentación de los trabajos concluirá el 15 de octubre de 2024.

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KIT CONSULTING – ADHESIÓN DE ASESORES DIGITALES AL PROGRAMA “AGENTES DEL CAMBIO – KIT CONSULTING”

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ANUNCIO DE ADHESIÓN DE ASESORES DIGITALES AL PROGRAMA “AGENTES DEL CAMBIO – KIT CONSULTING”

proceso para adquirir la condición de Asesor Digital Adherido del Programa “Agentes del Cambio–Kit Consulting” y pasar a formar parte del Catálogo de Asesores Digitales Adheridos que se publicará en la plataforma Acelera Pyme

Las entidades adheridas a partir de este Anuncio de Adhesión podrán ofrecer servicios de asesoramiento digital a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo que resulten beneficiarios de cualquiera de las Convocatorias de ayudas del Programa “Agentes del Cambio–Kit Consulting”.

Las Categorías de Servicios de Asesoramiento son:

  1. Servicio de Asesoramiento en Inteligencia Artificial
  2. Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Básico)
  3. Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Avanzado)
  4. Servicio de Asesoramiento en Ventas Digitales
  5. Servicio de Asesoramiento en Procesos de Negocio o Proceso de Producción
  6. Servicio de Asesoramiento en Estrategia y Rendimiento de Negocio
  7. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico)
  8. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Avanzado) 
  9. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Preparación para Certificación)
  10. Servicio de Asesoramiento “360” en Transformación Digital

Únicamente los Asesores Digitales podrán formalizar Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento Digital con los beneficiarios de las ayudas del Programa “Agentes del Cambio–Kit Consulting”. Estos acuerdos solamente tendrán validez si su fecha de formalización es posterior a la fecha de reconocimiento de interesado como Asesor Digital Adherido.

KITCONSULTING_AdhesionAsesores_2024

El plazo de adhesión estará abierto hasta el 14 de Mayo 2026

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Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH).

Ayudas

Escuela de Organización Industrial – EOI comparte información sobre el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH).

Este programa se centra en brindar asesoramiento y apoyo especializado a las pymes que deseen avanzar en su proceso de digitalización, implantando tecnologías innovadoras que les permitan dar un salto cualitativo.

¿Qué ofrece el programa?

  • Fomentar la innovación de las pymes a través del programa europeo de European Digital Innovation Hubs (EDIH)
  • Impulsar la adopción detecnologías digitales disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación de servicios por parte de los EDIH a las pymes beneficiarias.
  • Ayuda en especie equivalente hasta 30.000€, consistentes en la recepción de servicios a medida por parte de los EDIH.
  • Ayuda en concurrencia no competitiva. Es decir, hasta agotar el presupuesto se puede solicitar la ayuda.
  • Los EDIH podrán ofrecer a las pymes todos o algunos de los siguientes servicios:
    • Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías
    • Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas
    • Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología
    • Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología
    • Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación
  • La pyme puede consultar los EDIH existentes y los servicios que prestan en la Plataforma PADIH

Podéis obtener más información sobre el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el siguiente enlace: https://padih.eoi.es/

PADIH_FAQS-Solicitud-subvencion

PADIH_Guía solicitante 20230605

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KIT DIGITAL Modificación de Bases

Ayudas

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Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).

1.000 euros más de ayuda para el segmento de microempresas y autónomos/as . Con la modificación de la orden de bases del Programa Kit Digital se incluye un aumento de la cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III, aquel compuesto por empresas de entre 0 y menos de 3 empleados. Actualmente, la cuantía de la ayuda es de 2.000 euros y pasa a ser de 3.000 euros.  Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital, garantizando así, los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia. La solicitud de la ayuda con la nueva cuantía podrá realizarse una vez se haya abierto el formulario de solicitud en el mes de junio. A partir de ese momento, las empresas del segmento III podrán solicitar la ayuda de 3.000 euros. Si ya ha sido beneficiario/a, y quiere solicitar la ampliación de 1000 euros, el proceso será muy sencillo: solo debe entrar en su expediente, seleccionar el botón habilitado para ello y firmar esa conformidad. En este caso, la concesión es automática. 

Nueva solución: Puesto de Trabajo Seguro  Con esta modificación de la Orden de Bases, se actualiza también el Catálogo de Soluciones de Digitalización para este segmento III y se crea la solución Puesto de trabajo seguro que incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo. Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.  La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, que deberán cumplir unos requisitos mínimos en cuanto a almacenamiento, procesador, memoria RAM, sistema operativo, entre otros requisitos. Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las que resulten beneficiarias de la ayuda de este segmento por primera vez, ya disponiendo de los 3.000 euros, y que quieran implantar la solución de Puesto de Trabajo Seguro, deberán combinarla con otra solución adicional de las que incluye el Catálogo. 

Los agentes digitalizadores adheridos pueden actualizar su oferta de soluciones del Catálogo y los que no lo hayan hecho podrán adherirse por primera vez. La adhesión como agentes digitalizadores está abierta durante toda la duración del Programa. 

Las medianas empresas, nuevas beneficiarias del Programa. En esta modificación se incluyen además las medianas empresas como nuevas beneficiarias de la ayuda de Kit Digital y se establecen dos nuevos segmentos en función del número de empleados. Por una parte, el segmento IV, que estará formado por empresas de entre 50 y menos de 100 empleados cuya cuantía de la ayuda será de 25.000 euros y, por otra parte, el segmento V compuesto por empresas de entre 100 y menos de 250 empleados para los que el bono digital será de 29.000 euros.

La solicitud para medianas empresas se podrá realizar una vez se publique la convocatoria correspondiente y posteriormente, se abra el formulario de solicitud. Está previsto que sea en el último trimestre del año 2024.

KITDIGITAL_ModificacionBases_2024

 

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KIT CONSULTING – Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital

Ayudas

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  .- Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting).

.- Extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convoca las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital de las pequeñas y medianas empresas del segmento A, B y C en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el PRTR -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio-Kit Consulting

Se establecen los siguientes segmentos de beneficiarios según el número de
empleados:
a) Segmento A: Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados, con con ayudas de 12.000 euros
b) Segmento B: Empresas de entre 50 y menos de 100 empleados, con 18.000 euros
c) Segmento C: Empresas de entre 100 y menos de 250 empleados. con ayudeas de 24.000 euros

Las convocatorias determinarán el segmento o los segmentos de beneficiarios que podrán solicitar la subvención pública correspondiente.

Únicamente los Asesores Digitales Adheridos podrán prestar asesoramiento para los servicios asociados objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa. Podrán ser Asesores Digitales Adheridos las empresas que  se adhieran al programa mediante el procedimiento establecido. Los Asesores Digitales Adheridos podrán asistir a las empresas beneficiarias en la solicitud, gestión y acreditación de las ayudas correspondientes,

Requisitos para ser Asesor Digital en el “Kit Consulting”

  • Haber facturado al menos 100.000 euros en el año anterior a su solicitud de adhesión al programa o tener una media de ingresos en sus tres últimos ejercicios superior a ese umbral.
  • Tener su domicilio fiscal en algún país de la Unión Europea y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, entre otros requisitos.

Las ayudas se concederán teniendo en cuenta el orden de presentación de las
solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos
exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en la convocatoria

Las ayudas previstas en esta Orden son incompatibles con la percepción de
otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que cubran el mismo coste

Servicios Kit Consulting:

1. Asesoramiento en Inteligencia Artificial: Ayuda a PYMEs a implementar inteligencia artificial en sus operaciones, incluyendo el desarrollo de protocolos de gobernanza de datos y el uso de técnicas avanzadas como aprendizaje automático y procesamiento de texto.

2. Asesoramiento en Análisis de Datos (Básico): Orienta a PYMEs en la creación de sistemas básicos de análisis de datos, incluyendo la selección de herramientas adecuadas y la explotación de datos para generar valor.

3. Asesoramiento en Análisis de Datos (Avanzado): Proporciona orientación para desarrollar sistemas de análisis de datos más complejos, incluyendo la evaluación de datos y la implementación de IA para mejorar la toma de decisiones.

Asesoramiento en Ventas Digitales: Enfocado en mejorar el rendimiento de las ventas en línea mediante estrategias de marketing digital y el uso de IA para analizar y optimizar las estrategias de venta.

5. Asesoramiento en Procesos de Negocio o Producción: Asesoramiento sobre la optimización de procesos empresariales o de producción utilizando inteligencia artificial para mejorar la eficiencia y la calidad.

6. Asesoramiento en Estrategia y Rendimiento de Negocio: Ayuda a las empresas a desarrollar estrategias de negocio para mejorar su rendimiento y competitividad a través de la inteligencia de negocio y análisis avanzado.

7. Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico): Ofrece servicios para establecer o mejorar la ciberseguridad básica en PYMEs, incluyendo la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) según normas ISO 27001 y ENS.

8. Asesoramiento en Ciberseguridad (Avanzado): Avanza en la ciberseguridad de las empresas que ya tienen protección básica, mejorando sus sistemas de seguridad y preparándolas para enfrentar amenazas más sofisticadas.

9. Asesoramiento en Ciberseguridad (Preparación para Certificación): Prepara a las empresas para la certificación de su SGSI, mejorando su protección avanzada y asegurando la conformidad con las normas relevantes.

10. Asesoramiento «360» en Transformación Digital: Asesora a empresas en la transformación digital completa, desde la evaluación de procesos existentes hasta la implementación de mejoras digitales y el uso de IA para optimizar estos cambios.

KITCONSULTING_Bases_2024

KITCONSULTING_Convocatoria_2024

MÁS INFORMACIÓN

KITCONSULTING_GuiaparaPYMES

KITCONSULTING_GuiaparaASESORESDIGITALES

KITCONSULTING_AmpliacionPlazo

El 18 de junio a las 11:00 horas se inicia el plazo de presentación de las solicitudes a través de la sede electrónica de Red.es  y estará abierto hasta el hasta el 28 de febrero de 2025 a las 11:00 horas. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la Convocatoria

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Ayudas a la implantación de medidas para el avance en el cumplimiento de criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en las pymes gallegas

Ayudas

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Resolución de 26 de abril de 2024 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consello de Dirección del IGAPE que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a la implantación de medidas para el avance en el cumplimiento de criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en las pymes gallegas para el año 2024, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

a) Proyectos individuales en los que una pyme aborda medidas de impacto en los factores ASG, específicamente diseñadas o desarrolladas para su ámbito de actividad.

b) Proyectos colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas (con un mínimo de tres empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda un proyecto ASG para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales o proponer actuaciones de impacto social de manera conjunta. La simbiosis industrial facilita el impacto social, el intercambio de energía, materiales, agua y subproductos para cerrar los ciclos de materiales y energía, maximizar el uso de residuos y minimizar el uso de materia prima.

Se podrán subvencionar los siguientes tipos de conceptos:

a) Activos materiales e inmateriales (que para ser subvencionables deben contabilizarse en una cuenta contable del grupo 2):

  • Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
  • Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desechos, así como los gastos de desarrollo de dicho software. En ningún caso serán subvencionables los gastos de mantenimiento o el canon digital.
  • Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente en caso de que se trate de equipos destinados a la reutilización o reciclaje in situ de desechos producidos en los procesos de la empresa.

b) Servicios de consultoría externa, de diseño de procesos o de productos más eficientes, u organizativa (que para ser subvencionables debe contabilizarse en una cuenta contable del grupo 6): asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, programas de responsabilidad social o propuestas dirigidas a mejorar la gobernanza, la gestión de riesgos ASG o hacia certificación B Corp

 Cuantía de la ayuda

  1. Inversiones: la subvención será del 35 % de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25 % para las medianas.
  2. Colaboraciones externas: la subvención será del 50 % de los gastos de colaboraciones externas en servicios de consultoría o certificación subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas

IGAPE_CriteriosASG_Bases_2024

IGAPE_CriteriosASG_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza a las 14.00 horas del día 15 de septiembre de 2024, excepto que antes de esa fecha se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

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Equipos de aprovechamiento de energías renovables eléctricas y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria

Ayudas

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Resolcuión de 18 de abril de 2024, del INEGA por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables eléctricas y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria para el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común 2023-2027 en Galicia 

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos:

a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector de producción agrícola primaria. A efectos de esta resolución se considerarán sector de producción agrícola primaria las actividades incluidas en la sección A y, en concreto, las clases de la 1.11 a la 02.40 del CNAE-2009, ambas incluidas. También serán subvencionables las actividades contempladas en el IAE que se correspondan con estas clases del CNAE 2009.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía.

Actuaciones subvencionables de energías renovables. Serán subvencionables los costes de las inversiones necesarias para el desarrollo de instalación que generen electricidad a partir de fuentes de energías renovables. En concreto, serán subvencionables las instalaciones de generación eléctrica mediante tecnología fotovoltaica o minieólica asociadas a algún centro de trabajo del sector agrícola primario en la modalidad de suministro con autoconsumo. La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 5.000 euros por solicitud 

Actuaciones subvencionables de ahorro y eficiencia energética. Serán proyectos subvencionables las actuaciones que alcancen un ahorro energético en relación con la situación inicial igual o superior a 0,1 kWh de energía final por cada euro de inversión elegible. Para contribuir a la comprobación de los resultados energéticos obtenidos será subvencionable la implantación de medidas de contabilización, monitorización y telegestión del consumo de energía asociados a las actuaciones de ahorro para las que se solicita ayuda e incluso la implantación de sistemas de procesado avanzado de datos aplicados a la optimización del consumo energético de la empresa en lo tocante el análisis de los consumos energéticos de las actuaciones subvencionadas

Costes subvencionables

a) Se consideran costes subvencionables el precio de los equipos, su montaje y puesta en marcha, así como el coste de elaboración de los documentos técnicos del proyecto y de la solicitud de ayuda. En el caso de instalación de generación eléctrica se consideran coste subvencionable los equipos de acumulación de energía asociados.

b) Los proyectos que cumplan con los requisitos técnicos mínimos recogidos en las bases reguladoras

c) IVA, cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre IVA.

d) Los proyectos o actuaciones que se presenten deberán ser técnica, económica y financieramente viables.

e) No se admitirán en el presupuesto partidas alzadas; todas las partidas deberán llevar sus correspondientes mediciones.

La cuantía de la ayuda será del 30 % del coste elegible de la nueva instalación, con un máximo de 100.000 euros por proyecto y de 300.000 € por empresa, salvo en el supuesto de instalaciones de autoconsumo colectivo, en el que se establece una ayuda máxima de 500.000 € por proyecto y de 500.000 € por empresa. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

INEGA_AhorroEnergéticoSectorPrimario_Bases_2024

INEGA_AhorroEnergéticoSectorPrimario_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de Mayo 2024 a las 9.00 horas.

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Ayudas a la transformación digital de las pymes para el año 2024 – IGAPE

Ayudas

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Resolución de 18 de abril de 2024 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consello de Dirección del IGAPE que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a la transformación digital de las pymes para el año 2024, susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG300C).

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto la puesta en marcha de proyectos de digitalización cuya finalidad sea la implantación de soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una pyme gallega y otras empresas o entre dos o más empresas gallegas como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las pymes que conforman su cadena de valor.

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

A) Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:

Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.

Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.

Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares).

Implementación de un sistema de mejora de la función logística de la empresa, parcial o integral en alguno de los siguientes ámbitos de actuación:

  • Digitalización y automatización:
  1. Automatización y/o robotización de procesos logísticos (carga y descarga, almacenaje, transporte y distribución).
  2. Geolocalización o sensorización para control de ubicaciones, con diferentes fines (trazabilidad, vigilancia, localización, etc.) de cargas, contenedores y medios de transporte.
  3. Aplicación de vehículos autónomos y elementos auxiliares para automatizar operaciones de transporte interno o carga y descarga.
  4. Implantación de componentes o equipos en elementos de transporte exterior que optimicen capacidad de carga o reduzcan emisiones de GEI de los vehículos. Procesos y aplicaciones:
  5. Desarrollar e implantar procesos de logística inversa y/o recuperación o reciclaje de materiales de envasado, empaque, o cualquier otro utilizado en la preparación de las mercancías para lo transporte.
  6. Desarrollar y adaptar contratos inteligentes y/o gestión de información en cadenas de bloques (blockchain).
  7. API´s colaborativas y de intercambio de datos.
  • Virtualización y analítica de datos
  1. 8. Aplicación de realidad virtual y/o aumentada a los procesos logísticos.
  2. 9. Algoritmia y análisis de datos aplicados a los procesos logísticos.
  3. 10. Simulación y virtualización de procesos logísticos.
  4. 11. Monitorización y propuestas de reducción de huella de carbono en el transporte y distribución de mercancías.

b) Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:

1º) Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales, incluidas aquellas orientadas la mejora de la función logística del conjunto de empresas.

2º) Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad, así como la implantación de un sistema de mejora de la función logística, parcial o integral, de uso común, específicamente aplicable para su ámbito de actividad.

Se podrán subvencionar los siguientes tipos de conceptos:

a) Inversiones materiales y/o inmateriales nuevos adquiridos en propiedad que sean necesarios para el desarrollo del proyecto, siempre que la tipología de la inversión resulte directamente relacionada con los correspondientes ámbitos de actuación. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte exterior, equipación de oficina y la equipación TIC básico (tal como ordenadores de postre, portátiles, teléfonos inteligentes, tablets, impresoras). No obstante, excepcionalmente se podrá autorizar la adquisición de equipación TIC que por su especificidad quede justificar en el ámbito de desarrollo del proyecto, cuando el suyo suministro sea imprescindible para la implantación del proyecto, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos a la dicha implantación.

b) Servicios de consultaría externa de carácter tecnológico u organizativo : asistencia técnica y consultaría directamente relacionada con la ejecución del proyecto. 

Los proyectos deberán estar finalizados para poder optar al cobro de la subvención. Se entiende que los proyectos están finalizados cuando exista la capacidad de interconexión multiempresa de procesos en el caso de los proyectos colectivos o cuando las interfaces puedan conectar a la persona solicitante con otra u otras empresas, o bien los sistemas de digitalización estén implantados y operativos, en el caso de proyectos individuales, lo que se acreditará en la memoria de justificación.

El importe subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 € para los proyectos individuales y de 10.000 € por participante para los proyectos colectivos.

La subvención será del 35% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25% para las medianas. La subvención será del 50% de los gastos en servicios de consultaría subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas. 

IGAPE_TransformacionDigital_Bases_2024

IGAPE_TransformacionDigital_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de mayo 2024, a las 14.00h

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