Programa Emega

Ayudas

Orden de 13 de agosto de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento SI429A)

El programa Emega comprende un conjunto de ayudas dirigidas a apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres, junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el acceso a servicios específicos de información, asesoramiento y orientación empresarial con el objeto de facilitar la implantación y consolidación de los proyectos empresariales promovidos por mujeres.

Con esta finalidad, el programa Emega comprende las siguientes líneas de ayuda:

a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.

b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad, dirigidas a paliar una situación económica adversa, y que resulten necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y por cuenta ajena, así como para alcanzar el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, consolidación y mejora. En ningún caso dichas medidas podrán consistir en la destrucción del empleo existente por cuenta propia y ajena.

c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica, promovidas por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.

d) Línea Concilia: ayuda complementaria de las líneas Emprende, Activa e ITEF para promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en sus dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres de nueva creación o que acrediten un período mínimo de tres años de realización efectiva de la actividad empresarial en la misma actividad económica para la cual se proyecta el plan de reactivación y/o mejora.

ProgamaEmega_Bases_2024

ProgamaEmega_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de septiembre 2024

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Inversiones en equipamiento en Galicia – IGAPE

Ayudas

Resolución de 29 de julio de 2024 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección del IGAPE que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones en equipamiento en Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2024 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG408I).

El objeto de estas ayudas es apoyar a la empresa gallega en los costes de inversiones en equipamientos subvencionando sobre el volumen de inversión en maquinaria, bienes de equipamiento o sistemas informáticos

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia, que realicen cualquier actividad económica con la excepción de las actividades excluidas por la normativa aplicable (Reglamento (UE) nº 2023/2831-Reglamento de minimis):

  • La producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura.
  • La producción primaria de productos agrícolas y ganaderos.

No podrán tener la condición de personas beneficiarias:

a) Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007.

b) Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que tenga declarada una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

c) Las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 31 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004.

d) Las empresas que en el momento de la resolución de la ayuda no se encuentren al corriente de deudas con las distintas administraciones: AEAT, Seguridad Social y Consellería de Hacienda y Administración Pública.

Conceptos subvencionables: Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud, pudiendo también incluir inversiones a realizar con posterioridad a la fecha de solicitud, hasta el 10 de diciembre de 2024.

    1. Compra de maquinaria o bienes de equipo.
    2. Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).

El importe mínimo de coste subvencionable total deberá ser de 40.000 €.

Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser adquiridas en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridas a terceros. Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la persona solicitante o con sus órganos directivos o gestores

No serán subvencionables en ningún caso impuestos, intereses y gastos financieros, y tasas.

Se concederá una ayuda del 40 % hasta un máximo de 300.000 € para los costes subvencionables incurridos por la empresa durante el período subvencionable, que abarca desde el 1 de enero de 2024 hasta el final de las actuaciones propuestas, que no deberá sobrepasar en ningún caso el 10 de diciembre de 2024.

IGAPE_Inversiones_Bases_2024

IGAPE_Inversiones_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 7 de agosto de 2024, a las 9.00 horas, y finalizará el 10 de octubre de 2024, a las 14.00 horas, excepto que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito.

 

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UNICO Demanda Bono PYME

Ayudas

Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, del Mª para la Transformación Digital y de la Función pública, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea Next Generation EU

Las soluciones financiadas por los bonos de conectividad de «Bono PYME» son
de dos tipos:

a) Un acceso a Internet en redes de banda ancha, con una velocidad de descarga de 100 Mbps o superior, en aquellas sedes de la beneficiaria de las ayudas que no tuvieran un acceso de tales características en el momento de formular la solicitud de éstas ni hubieran dispuesto de él durante los tres meses anteriores a la solicitud

b) Uno, varios o un conjunto de servicios asociados

El ámbito material del Programa «Bono PYME» está constituido por las
soluciones y servicios de acceso a Internet de banda ancha, IP Fija, telefonía móvil corporativa, WiFi profesional, centralita telefónica virtual, Almacenamiento y Backup en la nube (modalidad básica y avanzada).

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones del Programa «Bono PYME» las
pequeñas empresas y microempresas de 0 a menos de 50 trabajadores y las personas
en situación de autoempleo, en adelante PYME

Únicamente los Prestadores de Servicios y Soluciones adheridos a «Bono PYME» podrán prestar las soluciones de acceso a Internet y los servicios asociados objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Servicios del Programa

Las ayudas del Programa «Bono PYME» se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario

Las ayudas del Programa «Bono PYME» consistirán en disposiciones dinerarias
destinadas a financiar la contratación por las PYME beneficiarias de las soluciones de acceso a Internet y servicios asociados que deseen, siempre que resulten elegibles, estén disponibles en el mercado y tengan sus referencias incluidas en el Catálogo de Servicios de «Bono PYME» accesible desde la plataforma «Acelera PYME» https://www.acelerapyme.gob.es/ alojada en la sede electrónica del órgano concedente de las subvenciones.
La prestación del servicio subvencionable tiene una duración máxima e
improrrogable de 12 (doce) meses naturales.
El importe máximo de la ayuda que podrá percibir la beneficiaria por el conjunto de
servicios y soluciones de conectividad que contrate con uno o más Prestadores de Servicios adheridos y por la totalidad del período de prestación de la ayuda será de 3.000 (tres mil) euros, sumados los importes individuales de todos los servicios contratados:

  • Acceso a Internet de Banda Ancha.
    (100 Mbps de velocidad en sentido descendente). 12 meses. 400 euros × sede.
    (intensidad de ayuda 50 por 100).
  • IP fija. 12 meses. 180 euros × IP (max. 3 IPs por empresa).
  • Telefonía Móvil Corporativa. 12 meses. 300 euros × usuario.
  • WiFi Profesional. 12 meses. 150 euros × sede. (200 euros con 1 punto de acceso).
  • Centralita virtual. 12 meses. 100 euros × usuario.
  • Almacenamiento y Backup en la nube: Modalidad Básica. 12 meses. 500 euros × empresa.
  • Almacenamiento y Backup en la nube: Modalidad Avanzada. 12 meses. 2.000 euros × empresa.

El pago de las ayudas del Programa «Bono PYME» se abonará al Prestador o Prestadores de Servicios y Soluciones adheridos que hubieran prestado las soluciones contratadas por las PYME beneficiarias, en su condición de titular o titulares del derecho al cobro cedido por las mismas.

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El plazo de presentación de solicitudes será desde el 10 de septiembre de 2024 a las 11:00 horas hasta el 30 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado quinto de la presente convocatoria.

MÁS INFORMACIÓN

BONO CONECTIVIDAD

UNICOBONOPYME_GuiaPlantillaMedia

UNICOBONOPYME__20240827_Resumen BONO PYME_v6

UNICOBONOPYME_Presentación multiple_20240719_C001

UNICOBONOPYME_GuiaRepresentanteVoluntario

UNICOBONOPYME__FAQs

UNICOBONOPYME_GuiaPresentacionSolicitudes

 

 

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Soluciones Inteligentes para la gestión de tiempos y personas – KIT DIGITAL

Ayudas

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El Kit Digital para pymes es una iniciativa desarrollada por el Gobierno de España con el objetivo de subvencionar la adquisición de soluciones digitales para autónomos y pequeñas empresas. 

Algunas de las categorías que cabe destacar del Kit Digital para pymes son las siguientes:

  • Servicios y herramientas de oficina virtual. Consiguen optimizar el desempeño de los trabajadores en varias áreas,
  • Gestión de procesos. Se centran en la automatización de tareas repetitivas y otros aspectos operativos, como la gestión del personal o del talento de la organización.

De la mano de InfoJC puedes conocer soluciones inteligentes para la gestión de tiempos y personas

INFOJC_KitDigital_Junio2024

 

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Ahorro y eficiencia energética

Ayudas

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Resolución de 28 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027

Podrán acceder a la condición de personas beneficiarias:
a) Las empresas legalmente constituidas y personas autónomas, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.

Serán subvencionables aquellos proyectos con ratios de ahorro energético anual
iguales o superiores a los indicados a continuación:

PAPEME. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes. Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.
PAGE. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas
Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,4 kWh € de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.
PAE. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas que reduzcan las emisiones de GEI al menos un 30 % Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible y que, además reduzcan al menos un 30 % las emisiones de GEI.
PAP. Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas. Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,4 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.

Las inversiones solo podrán ser subvencionadas sobre la base de una auditoría energética cuyos resultados se plasmarán en la memoria técnica de la solicitud

Se consideran costes subvencionables: la elaboración de los proyectos técnicos, dirección facultativa y obra civil relacionados con las actuaciones, el precio de los equipos, su montaje y puesta en marcha, así como los sistemas de monitorización, contabilización y telegestión y las auditorías

INEGA_AhorroEnergéticoEmpresas_Bases_2024

INEGA_AhorroEnergéticoEmpresas_Extracto_2024

La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 15.000 euros por actuación el IVA no está incluido. En el caso de empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, la inversión para que la actuación sea subvencionable tiene que ser superior a los 200.000,00 euros, IVA no incluido

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2024 a las 23.59 horas

 

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Fomento de la innovación, la mejora tecnológica y la competitividad en el sector de la acuicultura

Ayudas

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Orden de 25 de junio de 2024 de la Cª del Mar por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para fomentar la innovación, la mejora tecnológica y la competitividad en el sector de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y se procede a su convocatoria para el año 2024 

Beneficiarios:

  • Empresas del sector acuícola que desarrollen proyectos innovadores orientados a la sostenibilidad y eficiencia en sus operaciones. A efectos de esta orden, se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, incluidos los que tengan carácter experimental. Los proyectos deben ser llevados a cabo en colaboración con un organismo científico o técnico reconocido que actuará como entidad subcontratada

Actividad subvencionable:

  • Equipamiento y material instrumental de nueva adquisición: El coste de adquisición es subvencionable si se usa exclusivamente para la actuación subvencionada y su vida útil se agota al término del proyecto. Si no, se financian solo los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto.
  • Licencias de software: Nuevas licencias y renovaciones consideradas gastos subvencionables si son de uso específico para el proyecto.
  • Materiales y suministros: Exclusivamente destinados a actividades de investigación, excluyendo material de oficina y consumibles informáticos.
  • Subcontratación: Hasta el 50% del importe de la actividad subvencionada puede ser subcontratado, siempre autorizado por la Consellería del Mar​

Puntos principales:

  • Innovación en productos y procesos: Puntos asignados según la implementación de innovaciones organizativas, de productos o procesos en el sector de actividad del beneficiario.
  • Calidad del proyecto: Evaluación basada en la calidad de la memoria del proyecto, presupuesto y cronograma, y la capacidad técnica del equipo de investigación.
  • Viabilidad técnica y económica: Criterios que incluyen la financiación propia del proyecto, innovación del proyecto, y su capacidad para facilitar la implantación de tecnologías seleccionadas.
  • Aspectos ambientales y sociales: Se valoran criterios ambientales como eficiencia en el uso de recursos y contribución a la conservación de espacios protegidos, así como la participación equilibrada de mujeres en el equipo humano del proyecto

MAR_Acuicultura_Bases_2024

MAR_Acuicultura_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 8 de agosto 2024

 

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Subvenciones a cooperativas agro-ganaderas de Pontevedra – DEPO

Ayudas

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La Diputación de Pontevedra ha publicado las bases y convocatoria de subvenciones dirigidas a cooperativas agro-ganaderas de la provincia de Pontevedra para inversiones durante el ejercicio 2024

Podrá solicitar estas ayudas cualquier cooperativa agro-ganadera legalmente constituida de la provincia de Pontevedra.

Son actuaciones susceptibles de ayuda las que apoyen las entidades agro-ganaderas en inversiones, destinados a la recuperación y puesta en valor de los recursos agrarios endógenos de carácter agrícola y ganadero que tengan como objeto:

a) Inversiones para mejorar los servicios que presta la cooperativa: Ayudas para la adquisición de terrenos, para maquinaria agrícola, obras, construcciones, equipos, instalaciones, mejoras en edificios y sus accesos, equipamientos y sistemas informáticos, mobiliario y otras inversiones que sirvan para mejorar los servicios que prestan estas entidades.
b) La comercialización, la transformación y la valorización de las producciones.
c) La formación técnica y el asesoramiento para desarrollar proyectos de investigación e innovación tecnológica.

d) El uso de las nuevas tecnologías y de las energías renovables y el ahorro energético.

DEPO_CooperativasAgroganaderas_Bases_2024

DEPO_CooperativasAgroganaderas_ExtractoConvocatoria_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 26 de julio 2024

 

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Ayudas para inversiones en materia de bioseguridad – Cª de Medio Rural

Ayudas

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Orden de 7 de junio de 2024, de la Cª de Medio Rural,  por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o la construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo, y se convocan para el año 2024, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU .

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica:
1. Que sean titulares o propietarias de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo, incluidas las especies cinegéticas, autorizados y registrados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se comprometan a mejorarlos.
2. O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección

Entre otros, serán subvencionables las siguientes inversiones, siempre realizadas con posterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención:

1. Modernización o mejora de los equipos e instalaciones existentes, para alcanzar una mayor eficiencia en los sistemas de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado vivo.

2. Instalación, en centros ya existentes, de nuevas tecnologías para la limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado vivo, como:

  • Sistemas para la automatización de las operaciones de limpieza y desinfección, por ejemplo la robotización.
  • Sistemas de lectura automática de matrículas u otros sistemas para facilitar la recogida de datos de vehículos que son sometidos a procesos de limpieza y desinfección.
  • Desarrollos informáticos para digitalizar la información relativa a los registros de actividades realizadas.
  • Cualquier otra mejora de las capacidades de los centros de limpieza y desinfección que demuestre que va a reducir los tiempos de limpieza y desinfección, ahorrar costes, aumentar la capacidad del centro manteniendo la eficacia de las operaciones de limpieza y desinfección.

3. Construcción de nuevos centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado vivo

MEDIORAURAL_Bioseguridad_Bases_2024

MEDIORAURAL_Bioseguridad_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 19 de julio 2024

 

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Fomento de la innovación en las industrias culturales y creativas

Ayudas

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Extracto de la Resolución de 14 de junio de 2024 del Ministerio de Cultura, por la que se convocan las ayudas a proyectos profesionales y empresariales para el fomento de la innovación en las industrias culturales y creativas correspondientes al año 2024

Podrán ser beneficiarios las pymes y micropymes:
a) Las personas jurídicas con ánimo de lucro
b) Las personas físicas que sean profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

Esta convocatoria tiene por objeto establecer las ayudas a proyectos profesionales y empresariales para el fomento de la innovación en las industrias culturales y creativas tienen por objeto financiar proyectos privados con ánimo de lucro que contribuyan a modernizar y renovar las industrias culturales y creativas, actuando en alguno de los siguientes sectores:
arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, cine,
diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, medios de comunicación,
patrimonio cultural y turismo cultural.

MC_InnovacionIndustriaCultural_Bases_2010

MC_InnovacionIndustriaCultural_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 9 de Julio 2024

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Subvenciones para la revalorización cultural y modernización de las librerías

Ayudas

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Extracto de la Resolución de 14 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la revalorización cultural y modernización de las librerías, correspondientes al año 2024

Podrán solicitar estas subvenciones las librerías que en el momento de la publicación de esta convocatoria, reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener como actividad principal la venta de libros,
  • Disponer de establecimiento físico, abierto al público general.
  • Sean librerías independientes,
  • Tener físicamente en el establecimiento, a disposición del público una oferta de
    títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías
    especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en dicha materia
    concentren un 60% de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a
    1.500. 

Los proyectos de inversión presentados podrán destinarse, entre otras, a las
siguientes áreas de modernización estructural de las librerías, para mejorar su
competitividad, accesibilidad y sostenibilidad, a través de:

  • La adquisición de equipos o programas de gestión interna de librerías y de gestión de web que contribuyan a una mejor difusión de la oferta de libros y del fondo editorial del establecimiento; a la consolidación de un canal de venta online, normalizado y competitivo; y a facilitar la relación electrónica con la Administración
  • La implantación del marketing digital en las librerías, enfocado a mejorar la accesibilidad o usabilidad de la página web, potenciar la atención al usuario a
    través de canales digitales o impulsar una mejoría en la imagen de marca de la
    empresa, entendidas todas estas actuaciones como inversiones en el activo
    intangible.
  • La transformación en «librerías verdes» (mejora en el reciclaje, en el uso
    energía, etc.).
  • La ejecución de obras de mejora del espacio cultural que tengan por finalidad
    mejorar la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las
    instalaciones o la adaptación de la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros, así como aquellas que permitan potenciar encuentros con escritores, traductores e ilustradores y cualquier otra actividad de fomento de la lectura

MECD_ModernizaciónLIbrerías_Bases_2010

MECD_ModernizaciónLIbrerías_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 6 de Julio 2024

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