Programa UNICO-Bono social

Ayudas

Programa UNICO-Bono social

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2023 por la que se convocan subvenciones para el año 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables (Programa UNICO-Bono social), enmarcado en la inversión C15.I3 del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Podrán ser beneficiarias del bono digital las personas que ya sean beneficiarias de las prestaciones públicas de la renta de inclusión social de Galicia (Risga) de la Xunta de Galicia o del ingreso mínimo vital (IMV) del Gobierno de España.

También podrá ser beneficiaria cualquier otra persona física mayor de edad con ausencia o déficit grave de recursos económicos o que se encuentre en situación o riesgo de exclusión social.

Se considerará ausencia o déficit grave de recursos económicos cuando en la unidad familiar el nivel de renta sea igual o inferior a:

  • 1,25 veces el IPREM, si no existe unidad familiar o no hay menores en la misma.
  • 1,75 veces el IPREM, si hay menores en la unidad familiar.

Las personas beneficiarias deberán estar empadronadas y tener residencia constatada por los servicios sociales comunitarios básicos en cualquiera de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Solo se podrá conceder un bono digital por persona física y por unidad familiar.

AMTEGA_ProgramaUNICO-BonoSocial_Bases_2023

AMTEGA_ProgramaUNICO-BonoSocial_Extracto_2023

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de noviembre de 2023.

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Subvenciones para la modernización de las PYMES del sector del libro

Ayudas

Subvenciones para la moderización de las PYMES del sector del libro

Extracto de la Orden del Ministerio de Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización de las pequeñas y medianas empresas del sector del libro en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes al año 2023

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas y físicas (autónomos), con residencia fiscal permanente en España, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Editoriales: tener como actividad y objeto social principal la edición de libros y/ o revistas culturales.
  • Empresas distribuidoras: estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 619.6 correspondiente a «Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas» de cuya facturación al menos el 60% ha de ser en libros y/o revistas culturales.
  • Librerías que estén dedicadas a la venta de libros, que cuenten con hasta cinco establecimientos, con independencia de su número de empleados, y cuya oferta editorial será consecuencia de su decisión autónoma: tener como actividad y objeto social principal la venta de libros.
  • Empresas dedicadas a las artes gráficas: estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 474 correspondiente a «Impresión de textos o imágenes por cualquier procedimiento o sistema».

Las ayudas tienen como finalidad la financiación de proyectos de inversión para mejorar la competitividad del sector del libro, mejorar su resiliencia e impulsar su transición digital.

Estas ayudas están dirigidas a financiar las siguientes líneas:

  • Mejorar las herramientas de gestión editorial, mediante sistemas unificados de gestión integral administrativa, comercial, contable, web, bases de datos, relación con los autores on-line, o cualesquiera otros sistemas que se orienten a este fin.
  • Modernizar las empresas distribuidoras de libros y logística, potenciando la inversión tecnológica en herramientas digitales entre las empresas del sector para optimizar los procesos de comercialización y distribución del libro.
  • Modernizar las librerías, mejorando su competitividad, incorporando la digitalización a sus procesos y programas de gestión, y haciéndolas más sostenibles medioambientalmente.
  • Desarrollar e implementar la impresión bajo demanda en el sector del libro, generando la optimización de procesos y nuevas oportunidades de negocio.

MECD_SubvencionesModernizaciónPYMESSectorLibro_Bases_2021

MECD_SubvencionesModernizaciónPYMESSectorLibro_ExtractoConvocatoria_2023

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 10 de Agosto.

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Transformación Digital en pymes

Procesos de Gestión

Transformación digital: una de las claves para el éxito de las pymes en el mercado actual

Llegas a tu trabajo, introduces datos en una tabla de Excel, la envías por email a otra persona que tiene que procesarla añadiendo fórmulas o gráficos, luego la sube a una carpeta compartida a la que tiene acceso todo el equipo… ¿Estás usando herramientas digitales?, SI. ¿Estás ‘haciendo transformación digital’? NO.

Aquí vemos un ejemplo claro de nuestro día a día, especialmente el de muchas de nuestras pymes, en las que pensamos que ‘usar tecnología’ es hacer ‘transformación digital’. Y no, no es sólo eso. Cuando hablamos de transformación digital hablamos de aprovechar la tecnología para optimizar los procesos de una empresa. La transformación digital supone un cambio de paradigma que obliga a toda la compañía a replantearse sus sistemas de trabajo.

La transformación digital consiste en ir un paso más allá. Consiste en hablar de procesos. El enfoque ha de centrarse en optimizar esos procesos. Por tanto, el primer paso es hacer un análisis de madurez digital de todos los que llevamos a cabo en nuestra empresa.

De este modo, la transformación digital tiene mucho que ver con la mejora de la eficiencia de los procesos para que esa eficiencia repercuta en nuestra productividad y por extensión en nuestro cliente, está muy centrada en aportar valor al cliente de muchas formas diferentes.

Tras el análisis, se deben marcar unos objetivos, alcanzables y realistas, y revisar el estado en el que se encuentra nuestra compañía: en qué situación se encuentran nuestros procesos y en qué puntos se puede aplicar tecnología para mejorarlos. En definitiva, perfilar iniciativas que nos puedan ayudar a alcanzar los objetivos marcados, esto es, para diseñar un plan de transformación digital de nuestra empresa.

Definidas las acciones a ejecutar, resulta imprescindible pasar a una fase de valoración, de estimación de lo que va a suponer desarrollarlas, teniendo siempre en cuenta los sistemas de información con los que contamos. No resulta factible comenzar una transformación digital desde cero. Siempre hay que tener en cuenta los recursos existentes y qué podemos aprovechar en esta nueva etapa.

Debemos ser conscientes de que la transformación digital es un ciclo continuo en el que se van abordando procesos de mejora unos sobre otros, y que implican un seguimiento periódico que tiene que ser medido. Resulta la única forma de saber si el plan de transformación digital se está aplicando con éxito o no.

Por último y lo más importante, conviene destacar que las personas son las que hacen posible que se produzca la verdadera transformación digital de una compañía. Hay que tenerlas en cuenta siempre para que el proceso tenga éxito. Solo con la tecnología no se obtendrá un resultado satisfactorio. Son las personas las que hacen que ‘gire la rueda’ de la digitalización. De nada sirve invertir en tecnología si no se forma a los usuarios y se les hace partícipes del cambio involucrándolos en las mejoras que supone dicha transformación. De hecho, el éxito de la implantación de cualquier plan de implantación de transformación digital va a residir en las personas que lo van a usar en su día a día

Resumiendo:

  • Invertir en tecnología no implica necesariamente iniciar una transformación digital
  • La transformación digital supone la revisión de todos los procesos de la compañía
  • Se trata de un ciclo continuo y vivo en el tiempo
  • Las personas son las que hacen posible que se produzca la verdadera transformación


SERESCO

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Activa Industria 4.0 – Fundación EOI

Ayudas

Activa Industria 4.0

Resolución de 6 de julio de 2023, de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa «Activa Industria 4.0», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuya actividad se refiera a la industria manufacturera.

Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrán la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita el impulso de la transformación digital de pymes industriales a la Industria 4.0.

El objetivo del asesoramiento especializado y personalizado a las pymes beneficiarias es ofrecer un diagnóstico y análisis exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación que incluirá la definición, cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización personalizadas.

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

  • Diagnóstico de la situación de partida de la pyme en términos de madurez digital.
  • Elaboración de un Plan de Transformación Digital.
  • Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 7.400 euros.

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FundacionEOI_ActivaIndustria4.0_ExtractoConvocatoria_2023

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 13 de Julio de 2023, y permanecerá abierto hasta que se agote crédito.

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Deseñapeme e Innovapeme – GAIN

Ayudas

Deseñapeme e Innovapeme

Resolución de 29 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y planes de innovación en procesos y organización (Deseñapeme e Innovapeme), cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se procede a su convocatoria para el año 2023.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda.

Las entidades beneficiarias deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda.

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas y pymes con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y en planes de innovación en procesos y organización.

Esta ayuda consta de dos planes:

  • Deseñapeme: que comprenden aquellos procesos destinados a la resolución de problemas y exploración de oportunidades, puede incluir innovaciones no tecnológicas o tecnológicas, y tiene un alcance o aplicación en los campos de creación de nuevos productos, diseño de productos o rediseño de existentes, diseño de servicios y experiencias a través de los servicios, y la estrategia de marca y posicionamiento de esta. Así como las actividades de apoyo y asesoramiento en materia de innovación que la complementan.
  • Innovapeme: constituidos por un conjunto completo y coherente de actividades enfocadas a implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora dando lugar a diferencias sustanciales con prácticas anteriores.

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GAIN_InnovapemeeDeseñapeme_Extracto_2023

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El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 12 de Agosto de 2023

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Premios Galicia de Innovación y Diseño

Ayudas

Premios Galicia de Innovación y Diseño

Resolución de 21 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la IV edición de los Premios Galicia de Innovación y Diseño y se procede a su convocatoria para el año 2023.

Podrán ser beneficiarios y cursar la candidatura a los premios personas físicas con plena capacidad de obrar nacidas en Galicia. O personas jurídicas que tengan al menos un establecimiento permanente en Galicia, válidamente constituido, que mantenga su actividad.

En ambos casos, en función de la modalidad a la que concurran, deberán poseer las siguientes características: 

Premios Galicia de Innovación:

  • Modalidad «Trayectoria innovadora»: personas físicas con una trayectoria de por lo menos diez años en la que la innovación fuese una de sus características relevantes.
  • Modalidad «Gran empresa»: grandes empresas con una actividad innovadora de por lo menos diez años.
  • Modalidad «Pequeña y mediana empresa»: pequeñas y medianas empresas con demostrada actividad innovadora de por lo menos cinco años.

Premios Galicia de Diseño:

  • Modalidad «Profesionales»: profesionales del diseño (personas físicas o empresas) con una trayectoria de por lo menos cinco años de reconocido prestigio en el sector.
  • Modalidad «Empresa»: empresas consolidadas que incorporaran el diseño a su estrategia empresarial durante por lo menos diez años.
  • Modalidad «Talento emergente»: dirigido a aquellos creadores, con una edad que no supere los treinta y cinco años en el día de presentación de la candidatura, y con una trayectoria profesional inferior a diez años.

La finalidad de los premios es reconocer la labor de personas y empresas gallegas por su excelente contribución a la innovación como un elemento indispensable en el desarrollo de su estrategia profesional y su crecimiento empresarial.

Asimismo, se trata de reconocer a los profesionales y empresas que contribuyen significativamente a la mejora del prestigio del diseño gallego y a su internacionalización y a las empresas que, al incorporarlo a su estrategia empresarial, demuestran que el diseño actúa como motor de innovación y competitividad empresarial.

La cuantía de los premios consistirá en una una dotación económica de 15.000 €, menos en los casos relativos al Premio Gallego de Innovación «Gran Empresa» y al Premio Gallego de Diseño «Empresa», que tendrán un carácter estrictamente honorífico.

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GAIN_PremiosGaliciadeInnovación_Extracto_2023

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 2 de Octubre de 2023

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Información y recursos de interés relativos al programa Kit Digital – RED.ES

Ayudas

KIT DIGITAL

Accede a los webinars y documentación de referencia relativo al Kit Digital.

Estos webinars están publicados en la web Acelera pyme (Kit Digital | Acelera pyme), así como recursos adicionales asociados al Programa.

Jornadas y webinars:

o   Jornada sobre control y cumplimiento normativo

o   Webinar 14 de septiembre de 2022 sobre Justificación Kit Digital y FAQs

o   Webinar 28 de noviembre de 2022 sobre Justificación Kit Digital

o   Webinar 25 de enero de 2023 sobre Justificación Acuerdos Kit Digital y FAQs

o   Webinar 24 de abril de 2023 sobre Justificación Acuerdos Kit Digital

o   Webinar 29 de junio de 2023 sobre Aspectos a considerar en la Justificación y en la Fase II

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Programa Emega

Ayudas

Programa Emega

Resolución de 27 de junio de 2023, de Secretaría Xeral da Igualdade, por la que se establecen las bases reguladoradoras de las ayudas del Programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE + Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2023.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre lo 1 de agosto de 2022 y el 7 de Agosto.

Debe tratarse de empresas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales, las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades profesionales

El programa Emega comprende las siguientes líneas y ayuda complementaria:

a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales;

b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, consolidación y mejora de empresas para paliar una situación económica adversa y alcanzar el necesario equilibrio
empresarial para asegurar su pervivencia y consolidación en el actual contexto económico;

c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica

d) ayuda complementaria Concilia: con el objeto de promover la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena

La cuantía de las ayudas se establece en función de la línea solicitada y del número de puestos de trabajo generados o mantenidos para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:

a) Línea Emprende: incentivos desde 10.000 euros hasta 22.000 euros.
b) Línea Activa: incentivos desde 8.000 euros hasta 17.000 euros.
c) Línea ITEF: incentivos desde 18.000 euros hasta 42.000 euros.
d) Ayuda complementaria concilia:
• Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 euros.
• Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 euros a 5.000 euros

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SecretariaXeraldaIgualdade_ProgamaEmega_Extracto_2023

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 7 de Agosto 2023

 

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Ayudas para la iniciativa Fábrica inteligente y sostenible

Ayudas

Fábrica inteligente y sostenible

Resolución de 23 de junio de 2023, de la Agencia Galega de Innovación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la iniciativa Fábrica inteligente y sostenible, orientada a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación centrados en tecnologías industriales innovadoras para apoyar a las empresas en su transición industrial, en línea con las prioridades europeas en materia de digitalización y pacto verde, y se procede a su convocatoria para el año 2023

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

a) Empresas industriales o de servicios que dispongan de un centro de trabajo permanente legalmente constituido en Galicia, que puedan liderar proyectos empresariales de I+D+i 

b) Agrupaciones de una empresa o empresas del sector industrial o de servicios, y uno o varios organismos de investigación y difusión, que realicen proyectos en cooperación.

c) Agrupaciones entre empresas que deberán pertenecer al sector industrial o de servicios

Las grandes empresas sólo podrán acceder a las ayudas para proyectos de innovación organizativa y en materia de procesos si colaboran de manera efectiva con una o varias pymes, que deberán asumir, como mínimo, el 30 % de los costes subvencionables totales del proyecto en cooperación con la gran empresa

Son actividades subvencionables la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación organizativa y en materia de procesos

Los proyectos deberán tener un presupuesto subvencionable mínimo de 2.000.000 de euros y máximo de 25.000.000 de euros.
La duración de los proyectos será de cuatro anualidades y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2026

GAIN_FábricaInteligente_Bases_2023

GAIN_FábricaInteligente_Extracto_2023

GAIN_FábricaInteligente_CorrecciónErrores_2023

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El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 2 de Octubre 2023  

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Subvenciones al sector turístico para la promoción de la digitalización

Ayudas

Ayudas a la digitalización del sector turístico de Galicia

Resolución de 27 de junio de 2023, de la Agencia de Turismo de Galicia,  por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones al sector turístico para la promoción de la digitalización, y se anuncia su convocatoria para el año 2023

El objeto de estas  ayudas es promover el desarrollo tecnológico y el proceso de transformación digital de las empresas turísticas a través de la incorporación de soluciones digitales a sus establecimientos, servicios y procesos, con la finalidad de mejorar su competitividad, adaptándose a las nuevas necesidades y tendencias del sector turístico.

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y jurídicas titulares de empresas de alojamiento turístico, de restauración y de agencias de viajes que tengan su domicilio fiscal en Galicia 

Se consideran gastos subvencionables aquellos en que hubiera incurrido la persona solicitante entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2023: 

1.1. Gastos derivados de la transformación digital.

a) Instalación de nuevos PMS (property management system) y ERP (enterprise resource planning) e integración de PMS y ERP actuales.

b) Instalación de nuevos CRM (customer relationship management), tanto integrados con PMS como no integrados.

c) Instalación de un channel manager.

d) Instalación de herramientas de visualización, consulta y análisis de datos.

e) Implementación de motores de reserva.

f) Incorporación de sistemas y metodologías para reforzar la seguridad de los datos.

g) Utilización de tecnologías disruptivas en la realización de la actividad de la empresa: blockchain, realidad virtual o aumentada, big data y análisis-explotación de datos, sensorización y comunicación entre máquinas, inteligencia artificial.

1.2. Gastos de equipamiento tecnológico necesarios para los indicados en el apartado anterior. En todo caso, queda excluida la telefonía. Estos gastos de equipamiento tecnológico asociados a los indicados en el apartado 1.1 no podrán superar el 10 % de la inversión subvencionable.

1.3. Gastos de alojamiento o servicios en la nube necesarios para los gastos indicados en el apartado 1.1.

1.4. Gastos derivados de la creación del producto y /o comercialización del destino Galicia.

a) Desarrollo de las TIC en la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística.

b) Gastos derivados de los costes de la pertenencia a grupos de compra y/o gestión del uso de herramientas para la creación del producto turístico y/o de comercialización del destino Galicia.

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TURISMO_Digitalizacion_Extracto_2023

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 15 de Noviembre 2023  

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