27/03/2023• Ayudas
La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa anuncia la Convocatoria Pública de Ayudas Xpande Digital para el desarrollo de planes de acción en marketing digital internacional, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea
El Programa tiene como objetivo la implantación de Planes de acción en marketing digital internacional en el marco del Programa Xpande Digital, subvencionados en un 80 % por FEDER.
CCPVV_XpandeDigital_2023_2ªConvocatoria
El plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00h, del 5 de abril de 2023 y finalizará el día 21 de abril de 2023 a las 14:00h, si bien el plazo podrá acortarse en caso de que se agote el presupuesto.
27/03/2023• Ayudas
RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2023, de la Agencia de Turismo de Galicia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a establecimientos turísticos para actuaciones de embellecimiento del litoral gallego, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, y se procede a su convocatoria para el año 2023
Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración situados en municipios costeros, dentro del marco geográfico del litoral de Galicia, que reúnan los requisitos establecidos en las bases y que tengan autorizado o clasificado, conforme establezca la normativa turística, en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia el establecimiento turístico para el que se solicita la ayuda
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que se relacionan a continuación:
a) Línea 1: tecnologías ambientales.
– Creación de entornos que prioricen la luz natural.
– Instalación de láminas de control solar en las ventanas para evitar la incidencia excesiva de los rayos solares en el interior y la pérdida calorífica en invierno, contribuyendo a la mejora del comportamiento energético del edificio.
– Construcción de invernaderos adosados y de azoteas y terrazas verdes para crear un «efecto toldo», de manera que permita resguardar el edificio de la lluvia y mejorar el aislamiento, contribuyendo a una reducción en el uso de los sistemas de calefacción y climatización y la mejora ambiental.
– Instalación de sistemas de aprovechamiento del agua. .
b) Línea 2: mejora de la fachada del litoral gallego.
– Revestimiento y/o pintado de paramentos ciegos de fachada que actualmente estén finalizados con materiales o soluciones constructivas no adecuadas para quedar a la vista, como fábrica de ladrillo, de bloques de hormigón, hormigón o mortero de cemento.
– Renovación del acabado de los paramentos ciegos de fachadas, carpinterías o cerrajerías exteriores, que supongan un impacto paisajístico a consecuencia del deficiente estado de conservación o de la tonalidad y/o la intensidad del actual color de acabado.
– Remate o renovación del acabado exterior de cubiertas que, bien por estar finalizadas con placas de fibrocemento o soluciones constructivas no adecuadas para quedar a la vista, bien por encontrarse en un deficiente estado de conservación, constituyan un impacto paisajístico.
– Revestimiento de los muros de cierre de la parcela donde se sitúa el establecimiento turístico realizados con ladrillo o bloques de hormigón sin revestir.
XUNTA_EmbellecimientoLitotal_2023
XUNTA_EmbellecimientoLitoral_Extracto_2023
XUNTA_EmbellecimientoLitoral_Modificacion_2023
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de Abril 2023
AMPLIADO EL PLAZO DE PRESENTACION de solicitudes hasta el 26 de Mayo 2023
24/03/2023• Procesos de Gestión
La Planificación de Recursos Empresariales o ERPs (del inglés Enterprise Resource Planning) facilita a las empresas la tarea de automatización de los procesos.
En este documento de referencia de RED.es podrás entender los beneficios de implementar un ERP en tu pyme. El documento incorpora cuestiones tales como:
23/03/2023• Marketing Digital, Procesos de Gestión
Con motivo de la celebración de la Jornada Informativa Ayudas y Subvenciones para la Digitalización de tu empresa el martes 7 de Marzo 2023 impartida por la experta en gestión de ayudas, Ana Vazquez, de Prox Consultores, publicamos la presentación
En este sentido, queremos agradecer a todas las personas que participaron en la jornada su presencia
Por si te la perdiste, ahora puedes acceder a la presentación
22/03/2023• Marketing Digital, Procesos de Gestión
Con motivo de la celebración de la Jornada Informativa Protección de Datos: La clave de la transformación digital el martes 21 de Marzo 2023 impartida por el experto en LOPD y RGPD Julio Fernández, de Más Privacidad, publicamos la presentación
En este sentido, queremos agradecer a todas las personas que participaron en la jornada su presencia
Por si te la perdiste, ahora puedes acceder a la presentación
28/02/2023• Ayudas
ORDEN de 23 de febrero de 2023, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal
y se procede a su convocatoria para el año 2023
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases y siempre que en las personas solicitantes no concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan, además, los siguientes requisitos:
1. Comerciantes minoristas:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma, que no tengan la consideración de grande establecimiento comercial según la normativa aplicable y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y III y que esta constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
En caso de que la actividad subvencionable se corresponda con una actividad de los epígrafes relacionadas en el anexo III deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.
En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras actividades comerciales o servicios no subvencionables, el solicitante deberá acreditar fidedignamente que la actividad principal está incluida en los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y III. En todo caso, la actividad principal del establecimiento deberá realizarse de forma notoria e inequívoca.
d) Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.
2. Talleres artesanos:
Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, podrán solicitar la inscripción en dicho registro hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Se consideran actuaciones subvencionables:
1.1. Línea de digitalización comercial.
Se establecen dos módulos de actuaciones subvencionables en función del grado de digitalización del comercio.
1.1.1. Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física:
• Módulo I.
Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física sin página web o página web sin actualizar:
Actuación subvencionable: la digitalización básica del entorno comercial omnicanal, que supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
– Implantación de página web sin venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos marcados).
– Hardware (sistema TPV o tablet) y lector de código de barras.
– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada (máximo 12 meses).
– Impresora de código de barras térmica 1D/2D.
– Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
• Módulo II.
a) Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física y página web sin venta en línea, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
Actuaciones subvencionables:
– Implantación de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos marcados
– Sistemas digitales de stock integrado en el punto de venta.
– Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en línea, que deberá cumplir los requisitos marcados
– Gestor de redes sociales, con los requisitos marcados
b) Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física y página web con venta en línea, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
Actuaciones subvencionables:
– Mantenimiento de la página web. La página web deberá cumplir los requisitos marcados
– Mejoras de los sistemas digitales de stock integrado en el punto de venta.
– Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en línea, que deberá cumplir los requisitos marcados
– Sistemas de click and collect.
– Gestor de redes sociales, con los requisitos marcados
– Imagen digital.
– Sistemas digitales de control de accesos, que deberán cumplir con los requisitos que marcados
1.1.2. Comerciantes minoristas sin tienda física:
• Módulo I.
Comerciantes minoristas sin tienda física:
Actuación subvencionable: la puesta en marcha de la actividad comercial con venta en línea, que supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
– Implantación de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos marcados
– Sistemas digitales de stock integrado.
– Herramientas posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, que deberá cumplir los requisitos marcados
– Gestor de redes sociales, con los requisitos marcados
– Imagen digital.
• Módulo II.
Comerciantes minoristas sin tienda física, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
Actuaciones subvencionables:
– Mantenimiento de la página web. La página web deberá cumplir los requisitos marcados
– Mejoras de los sistemas digitales de stock integrado.
– Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en
línea, que deberá cumplir los requisitos marcados
– Gestor de redes sociales, con los requisitos marcados
– Imagen digital.
XUNTA_TransformacionDigitalComercio_2023
XUNTA_TrasnformacionDigitalComercio_Extracto_2023
XUNTA_TrasnformacionDigitalComercio_AmpliacionPlazoJustificacion_2023
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de Marzo 2023
24/02/2023• Marketing Digital, Procesos de Gestión
Con motivo de la publicación del Documento de referencia de Gestión de clientes (CRM) en el portal Acelera pyme de Red.es, el miércoles 18 de enero se celebró un webinar sobre Gestión de clientes (CRM), impartido por el experto en CRM y gestión de clientes Javier Buján. En este sentido, queremos agradecer a todas las personas que participaron en el webinar.
Por si te lo perdiste, ahora puedes acceder a la grabación del vídeo del webinar
17/02/2023• Procesos de Gestión
El Business Intelligence (BI) y la analítica de datos proporcionan información para la toma de decisiones de tu pyme. Aprende todo lo que necesitas saber con este documento de referencia.
17/02/2023• Ayudas
RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2022, de la Axencia Galega de la Industria Forestal, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020
Podrán ser beneficiarios las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) del sector forestal radicadas en Galicia en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales
Podrán ser subvencionables exclusivamente las siguientes inversiones elegibles:
Linea 1. Gestión forestal activa.
a) Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala destinados a la realización de talas intermedias (clareos y claras), así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante. Se entiende por este tipo de maquinaria aquella que reúna las siguientes condiciones:
1) Anchura máxima de 2,75 metros y el alcance mínimo de la grúa de 8 metros.
2) Para maquinaria de ruedas de:
a) Peso máximo de 18,5 toneladas y cabezal con diámetro máximo de corte de 600 mm para máquinas de hasta 6 ruedas.
b) Peso máximo de 20,5 toneladas y cabezal con diámetro máximo de corte de 600 mm para máquinas de hasta 8 ruedas.
3) Para maquinaria de cadenas: peso máximo de 21 toneladas, radio de giro mínimo o radio de giro cero, y cabezal con diámetro máximo de corte de 600 mm.
4) En el caso de cabezales de talado, deberán disponer de control de giro, un tamaño máximo de corte de 500 mm y un peso máximo de 1.100 kg.
b) Autocargadores y tractocargadores completos, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante. Los autocargadores y tractocargadores para la realización de carga y transporte de los productos obtenidos en estas operaciones deberán disponer de una capacidad máxima de carga de 12 toneladas, y con una anchura máxima de equipo de 2,7 metros.
En el caso de tractocargadores, deberán tener las cabinas homologadas para aplicación forestal conforme a las normas de seguridad ROPS (ISO 8082-1 o 8082-2, según corresponda), FOPS (ISO 8083:2006) y OPS (ISO 8084:2003), así como el asiento giratorio homologado para el giro del operario sentado, protecciones forestales en cabina, ruedas y bajos, e irán dotados de grúa, cabrestante y remolque forestal de tracción.
Línea 2. Madera y biomasa.
a) Equipamientos de medición de masas forestales, en número no superior a la maquinaria de saca de madera o de biomasa. Se entienden como equipamientos de medición aquellos instrumentos de medición independientes, así como un conjunto de ellos, siempre que realicen diferentes tipos de medición.
b) Acondicionamiento e instalaciones en parques intermedios de corcho o biomasa.
c) Autocargadores, arrastradores forestales y tractocargadores completos, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante. Los tractocargadores deberán tener las cabinas homologadas para aplicación forestal conforme a las normas de seguridad ROPS (ISO 8082-1 o 8082-2, según corresponda), FOPS (ISO 8083:2006) y OPS (ISO 8084:2003), así como el asiento giratorio homologado para el giro del operario sentado, protecciones forestales en cabina, ruedas y bajos, e irán dotados de grúa, cabrestante y remolque forestal de tracción. Estas adaptaciones y normas se exigirán también a los tractores orientados a la recogida o aprovechamiento comercial de biomasa.
d) Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante.
e) Maquinaria específica, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la biomasa forestal en el monte, astilladoras con capacidad de recogida, empacadoras, cosechadoras o procesadoras de biomasa. No tendrán consideración de maquinaria específica ni procesadora de biomasa los tractores con desbrozadoras o trituradoras forestales.
Línea 3. Castaña y resina.
a) Maquinaria específica, equipos, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la castaña o de la resina en el monte.
b) Acondicionamiento e instalaciones de parques intermedios de almacenamiento y/o clasificación.
c) Bienes de equipo e instalaciones en empresas de recogida, manejo, clasificación, acondicionamiento y comercialización de castaña o resina, y siempre que se cumpla lo definido en el apartado d) del artículo 4.1.
Línea 4. Valor añadido en la primera transformación de la madera.
a) Equipos portátiles para la clasificación estructural de madera por métodos no destructivos, siempre que dispongan de documentación/estudios para el análisis de las especies empleadas por la empresa. La empresa deberá disponer, o estar en proceso de obtener, en el plazo máximo de un año, la implantación del marcado CE para madera estructural.
b) Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la clasificación automática de la madera estructural mediante aspectos visuales o indirectos. En el caso de métodos indirectos, deberá disponerse de documentación/estudios para el análisis de las especies empleadas por la empresa. La empresa deberá disponer, o estar en proceso de obtener en el plazo máximo de un año, la implantación del marcado CE para madera estructural.
c) Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la clasificación automática por calidad tanto de la materia prima (troncos) como de productos aserrados intermedios o finales, mediante la aplicación de escáneres de imagen, dimensionales, rayos X y otros tipos. El empleo de esta instalación deberá justificar la obtención de una clasificación de la madera con un mayor valor añadido.
d) Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la obtención de productos de mayor valor añadido basados en la madera aserrada, y que permitan abrir nuevas líneas de negocio a la empresa, siempre que se cumpla lo definido en el artículo 4.1.
e) Acondicionamiento, maquinaria e instalaciones de primera transformación para el procesamiento de la biomasa forestal y la transformación de la madera.
Línea 5. Planes y herramientas de gestión empresarial.
a) Implantación y, en su caso, certificación de la cadena de custodia de madera certificada y/o normativas de calidad o garantía, marcado CE y planes de mejora de gestión empresarial.
b) Implantación y certificación, si procede, en la empresa de herramientas de gestión empresarial específicas de la actividad forestal para el control de costes, calidad y mantenimiento.
XUNTA_TecnologíaForestal_Extracto_2023
XUNTA_ TecnologíaForestal_AmpliaciónCrédito_2023
XUNTA_TecnologíaForestal_AmpliaciónJustificación_2023
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 17 de Marzo 2023
10/02/2023• Ayudas
ORDEN de 31 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE), y se procede a su convocatoria para el año 2023
Esta orden de convocatoria se estructura en tres líneas de ayudas:
Línea I: elaboración e implantación de planes de igualdad (TR357C) en los términos definidos en el capítulo III del Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Línea II: conciliación (TR357D) que, a su vez, comprende tres sublíneas:
Línea III: certificaciones de RSE (TR357B). Se subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: empresa familiarmente responsable-EFR (conciliación), global reporting initiative (GRI); united nations global compact (Pacto mundial); ISO 19600, SGE 21, global accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente), SA 8000, IQNet SR10, Bequal (discapacidad), ISO 45001 (seguridad y salud laboral), certificación empresa saludable y, asimismo, sello de horarios racionales (SHR).
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de Marzo 2023