Los proyectos podrán ser de dos modalidades:
a) Proyectos individuales en los que una pyme aborda medidas de impacto en los factores ASG, específicamente diseñadas o desarrolladas para su ámbito de actividad.
b) Proyectos colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas (con un mínimo de tres empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda un proyecto ASG para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales o proponer actuaciones de impacto social de manera conjunta. La simbiosis industrial facilita el impacto social, el intercambio de energía, materiales, agua y subproductos para cerrar los ciclos de materiales y energía, maximizar el uso de residuos y minimizar el uso de materia prima.
Se podrán subvencionar los siguientes tipos de conceptos:
a) Activos materiales e inmateriales (que para ser subvencionables deben contabilizarse en una cuenta contable del grupo 2):
- Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
- Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desechos, así como los gastos de desarrollo de dicho software. En ningún caso serán subvencionables los gastos de mantenimiento o el canon digital.
- Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente en caso de que se trate de equipos destinados a la reutilización o reciclaje in situ de desechos producidos en los procesos de la empresa.
b) Servicios de consultoría externa, de diseño de procesos o de productos más eficientes, u organizativa (que para ser subvencionables debe contabilizarse en una cuenta contable del grupo 6): asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, programas de responsabilidad social o propuestas dirigidas a mejorar la gobernanza, la gestión de riesgos ASG o hacia certificación B Corp
Cuantía de la ayuda
- Inversiones: la subvención será del 35 % de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25 % para las medianas.
- Colaboraciones externas: la subvención será del 50 % de los gastos de colaboraciones externas en servicios de consultoría o certificación subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas
IGAPE_CriteriosASG_Extracto_2024
El plazo de presentación de solicitudes finaliza a las 14.00 horas del día 15 de septiembre de 2024, excepto que antes de esa fecha se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.