Orden de 26 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la adquisición de los bienes informáticos y los medios técnicos necesarios para el desarrollo de sus actividades, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en esta orden las siguientes entidades:
1. Las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas en Galicia que concurrieron a las elecciones a las cámaras agrarias que tuvieron lugar el 26 de mayo de 2002, según lo recogido en la disposición transitoria única de la Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego.
2. Las asociaciones agrarias, con ámbito de actuación provincial o autonómico, legalmente constituidas de acuerdo con la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, con código de actividad 811 «Agricultura, ganadería, silvicultura, caza, pesca», de acuerdo con el Real decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones
Las ayudas se destinarán a financiar la adquisición de hardware y software informático, tales como:
a) Equipamiento del puesto de trabajo fijo.
b) Equipamiento para puestos de trabajo móvil.
c) Equipamientos de impresión y digitalización de documentos.
d) Equipamientos e instalación de redes y servidores.
e) Equipamientos de captura de imágenes, vídeos, así como dispositivos de proyección.
f) Software y dispositivos de seguridad.
MEDIO RURAL_AsociacionesAgrarias_Bases_2023
MEDIO RURAL_AsociacionesAgrarias_Extracto_2023
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el de junio de 2023